Preguntas frecuentes
EN RELACIÓN A PRÉSTAMOS/CRÉDITOS
¿Quisiera un préstamo pero no entiendo eso de los intereses?
El interés es el costo del dinero prestado. Hay de dos tipos, el interés compensatorio que es el monto que pagarás por el uso del dinero prestado durante un periodo de tiempo, y el interés moratorio, que es lo pagas si te atrasas en tus obligaciones.
Existen diversos tipos de préstamos con distintos costos y también beneficios, por lo cual, deberás evaluar el uso que le darás, comparar y elegir el mejor precio e informarte previamente sobre las condiciones que regirán ese producto.
No quiero pagar muchos intereses ¿Hay algo que me ayude a comparar mejor entre los diversos préstamos o créditos?
Sí, la TCEA aplicable al producto. Siempre uno debe preguntar por la Tasa de Costo Efectivo Anual (TCEA), pues te permite saber cuál será el costo total (intereses + comisiones + gastos) que pagarán por una tarjeta de crédito, crédito vehicular, hipotecario o préstamo personal, entre otros.
Recordar que de los elementos a considerar para determinar el valor de la TCEA es el monto y el plazo por el cual se solicita un crédito.
¿Qué más debo considerar para tomar un préstamo o crédito?
Al tomar un préstamo o crédito asegurate que sea en la misma moneda en la cual recibes tu sueldo o ingresos y que la cantidad de cuotas esten a tu alcance; sino más que una solución el crédito se vuelve un problema.
Si solicito un préstamo o crédito ¿El banco me lo tienen que dar?
Cada entidad financiera cuenta con sus propias políticas para aceptar y tramitar solicitudes de crédito. La aprobación de una solicitud de crédito dependerá de la evaluación del cliente en función a sus ingresos, sus gastos, la capacidad de pago, la calificación crediticia en la central de riesgos y otros factores a considerar dependiendo del tipo de producto solicitado.
¿Por qué el banco me cobra comisiones o gastos si pago ya intereses?
Las comisiones y gastos bancarias no son un sobrecosto cargados indiscriminadamente, sino son el costo por los servicios que brinda la entidad financiera en función a la necesidad de uso de cada persona
Así, las comisiones son pagos que realizan los clientes por utilizar los servicios adicionales y/o complementarios brindados por las entidades financieras, debido a que involucran costos de personal, administrativos y operacionales.
Los gastos son aquellos costos en que incurren las entidades financieras con terceros para proveer de servicios a sus clientes, y que luego son trasladados a éstos (por ejemplo trámites notariales).
¿Pero los bancos cobran comisiones o gastos por cualquier cosa?
No, pues, y tal como lo establece la regulación, todas y cada una de las comisiones y gastos que los bancos cargan a sus clientes tienen una justificación para su cobro; además el ente supervisor determina las distintas categorías y denominaciones de comisiones que los bancos pueden cobrar.
¿Todos los bancos cobran lo mismo por comisiones o gastos?
No. En un entorno competitivo en el cual operan las entidades financieras, cada institución establece el precio a trasladar a los usuarios e incluso no necesariamente cobran ciertas comisiones.
Es importante informarse adecuadamente a fin de saber comparar y de esta manera elegir la opción que más le conviene al momento de elegir un producto o servicio financiero.
¿Dónde puedo conocer sobre los montos de interés, comisiones o gastos que cobran los bancos?
Cada entidad publica su tarifario de intereses, comisiones o gastos en sus oficinas, la página web o a través de su banca telefónica, solo solicítelo.
¿Los bancos pueden modificar los intereses, comisiones o gastos de los contratos de crédito?
Sí. En los contratos en los que se prevea la posibilidad de variar comisiones, tasas de interés y gastos, las modificaciones a estos conceptos entran en vigencia a los cuarenta y cinco (45) días de comunicadas, salvo que estas variaciones sean favorables al usuario, en cuyo caso pueden hacerse efectivas de inmediato y sin necesidad de aviso previo.
¿Si tengo dinero extra puedo cancelar antes mis préstamos o créditos?
Sí, es un derecho de todo consumidor poder cancelar sus préstamos o créditos antes de los plazos acordados; para lo cual, puede solicitar dos tipos de operaciones:
El pago anticipado, si es que desea dirigir su pago a amortizar, total o parcialmente, el capital de su deuda; o,
El adelanto de cuota, si solo desea dirigir el pago a cancelar las cuotas restantes con posterioridad a la exigida en el mes.
¿Qué beneficios tienen el pago anticipado y el adelanto de cuotas? ¿No pago intereses?
El pago anticipado permite amortizar directamente al capital, reduciendo los intereses, comisiones y gastos al día en que se realice el pago. Si la amortización es parcial, adicional a la reducción mencioda, el banco le solicitará que indique si el importe restante lo pagará en el plazo original; o, si incrementará el monto de la cuota disminuyendo el plazo del crédito.
Por otro lado, el adelanto de cuota te permite tener un periodo de tiempo sin obligación de pago alguna respecto a tu crédito. En este caso, no se produce una reducción de los intereses, las comisiones o los gastos.
¿Cómo solicitó un pago anticipado o adelanto de cuotas?
Para realizar cualquiera de estas operaciones, los clientes deben manifestar expresamente su voluntad de efectuar un pago anticipado o adelantar el pago de cuotas, y las empresas deberán requerir y mantener una constancia de dicha decisión.
Es importante que el cliente contacte con su entidad financiera para solicitar la liquidación de su deuda a la fecha en que realice el pago, a fin de conocer el monto exacto del capital adeudado.
Si tengo problemas para poder pagar mi deuda ¿Qué hago?
Si uno tiene dificultades económicas para pagar puntualmente su deuda, debe acercarse a la entidad bancaria para conocer las alternativas de pago que pueden ofrecerle, y así no afectar su calificación crediticia en la Central de Riesgos.
¿Qué alternativas existen si tengo problemas en pagar mis deudas?
Si uno tiene problemas en cumplir con sus obligaciones puede recurrir a dos operaciones:
La compra de deuda, permite al cliente consolidar en una sola deuda todas sus obligaciones en el sistema financiero, lo que le ayuda a que se ordene en el pago de sus obligaciones; o,
la refinanciación, que consiste en una variación en plazo y/o monto del contrato original debido a dificultades en la capacidad de pago del deudor.
¿Qué me conviene la compra de deuda o la refinanciación?
La compra de deuda te conviene, pues unifica deudas en distintas entidades y se realiza un único pago en un solo lugar, a un interés y plazo según tus necesidades.
La refinanciación debe ser el último recurso, debido a que se le aplicará un interés y plazo mayor al crédito; y, además, tu calificación crediticia en la Central de Riesgos se verá afectada por todo el plazo que dure la refinanciación.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar una compra de deuda o la refinanciación?
Algunas entidades bancarias ofrecen estos tipos de productos; los requisitos y el trámite a seguir dependerá de cada entidad, se recomienda al cliente averigüe cuáles son las condiciones de estos productos a través de la web o llamando a la entidad de su preferencia.
Recuerde, la entidad no está en obligación de acceder a su solicitud u otorgar un tipo de ayuda, periodo de gracia, etc.
¿Qué es la Central de Riesgos?
Es una entidad, a cargo de la SBS, especializada en almacenar base de datos sobre el comportamiento de pago de las personas naturales y jurídicas (calificación crediticia).
¿Es malo estar en la Central de Riesgos?
No. Estar en la Central de Riesgos está bien, si uno tiene un buen historial de pago.
Yo pague mi deuda ¿Por qué tengo una mala calificación en la Central de Riesgos?
Si tuvieras una deuda por la cual ha sido reportado negativamente en la Central de Riesgos de la SBS, tu calificación mejorará desde la fecha en que canceles esa deuda. No obstante, el reporte anterior no se eliminará.
¿Pero yo sabía que la mala calificación se borraba al paso de los años?
Esto solo sucede en la Centrales de Riesgos Privadas (como por ejemplo Equifax (Inforcorp), Sentinel, etc.), estas mantienen tu historial de pago por dos años cuando se trata de obligaciones canceladas y por cinco años contados desde el vencimiento de la obligación, si se trata de deudas impagas.
EN RELACIÓN A TARJETAS DE CRÉDITO
?Si quiero una tarjeta de crédito ¿Qué debo considerar?
Compare antes de contratar una tarjeta de crédito, no todas cuestan ni ofrecen lo mismo. Lea bien el contrato y aclare sus dudas antes de firmarlo.
Haga hincapié en los intereses, comisiones y gastos aplicables al producto y sobretodo en la TCEA.
¿Mi tarjeta de crédito lo pueden dejar en mi domicilio por bajo de mi puerta?
No. El Banco tiene la responsabilidad de entregar la tarjeda de crédito y/o adicionales, única y exclusivamente, al titular de esta; salvo que el mismo titular haya autorizado en forma expresa que se le entregue a una persona determinada y dejando constancia de su recepción.
Una vez entregado la tarjeta no olvide cambiar su clave. El titular es responsable por el uso de la tarjeta con posterioridad a la entrega.
¿Cómo se activa la tarjeta de crédito?
La activación de la tarjeta recae en el titular de esta. Cabe mencionar que, en los contratos en los que se prevea la posibilidad, la tarjeta se puede activarse automáticamente luego de un plazo estipulado.
¿Para qué sirve la tarjeta de crédito?
Con la tarjeta de crédito, uno puede adquirir bienes o servicios en establecimientos afiliados, pagar obligaciones, disponer de efectivo u otros servicios asociados todo con cargo a una línea de crédito revolvente.
¿Qué es un crédito revolvente? ¿Cómo funciona?
En la medida en que uno va pagando las operaciones o consumos cargados a la línea de crédito, este vuelve a estar disponible para otra compra u operación. La deuda revolvente la conforman todos los consumos que no tienen cuotas fijas.
Adicionalmente, uno puede cargar a su tarjeta de crédito operaciones en un número determinado de cuotas (de dos a más).
¿Es una obligación el envío de los estados de cuenta por parte del Banco?
Las empresas deberán remitir el estado de cuenta por lo menos mensualmente, a los titulares de tarjetas de crédito; más aún si existe el cobro de una comisión por el envío físico.
Sin embargo, en caso de incumplimiento en el pago por parte del deudor cesará la obligación de las empresas de remitir los estados de cuenta, siempre que hayan transcurrido cuatro (4) meses consecutivos de incumplimiento.
Si no recibo mi estado de cuenta ¿No debo pagar?
Siempre debes pagar, el cliente puede averiguar el monto de su deuda a través de la banca telefónica, internet o en las agencias bancarias. Siempre debe cancelarla; caso contario, se generan penalidades o moras y el usuario será reportado en la Central de Riesgos de la SBS.
¿Qué debo hacer para no pagar la comisión por envío físico de estado de cuenta?
Solicitar el envío gratuito de estado de cuenta por correo electrónico.
No entiendo mi estado de cuenta ¿Cómo sé la conformación de mi deuda de tarjeta de crédito?
Lo primero a mirar en tu estado de cuenta es el monto total de tu deuda, el monto de pago del mes y la fecha límite para pagar.
Recuerda, que en la fecha de corte de tu mes o periodo de facturación se determina la totalidad de la deuda de tarjeta, conformada por la deuda revolvente registrada a dicha fecha, además del interés, comisiones, gastos y, de ser el caso, las cuotas que corresponde pagar en dicho periodo.
¿Me conviene pagar el Pago Mínimo?
No te conviene, pues solo estás cancelando una pequeña fracción de tu deuda capital y muchos intereses. Además, los intereses que se generan se calculan sobre la deuda total de la tarjeta de crédito, lo cual podría implicar el pago de mayores intereses y demorará mucho más tiempo en cancelarla.
¿En qué me beneficia pagar el total de mi deuda?
Pagar el total de la deuda te beneficia porque así reduces los intereses, comisiones y gastos hasta la fecha en que realices el pago.
¿Debo pagar una membresía anual si cuento con una tarjeta de crédito?
La membresía es un cobro legalmente permitido cuyo monto y periodicidad debe constar en el contrato que se firmó para obtener la tarjeta. Algunos bancos suelen exonerar, total o parcialmente, este cobro bajo determinadas condiciones; además existen algunas tarjetas de crédito que no cobran comisión por membresía. Consulta con el banco estas posibilidades.
¿Me conviene el uso de disposición de efectivo?
Evita retirar efectivo con tarjeta de crédito, es muy caro y es solo para emergencias, recordándote que luego de eso podría pedir un crédito de consumo en tu banco y amortizar el crédito efectivo que hiciste con tu tarjeta de crédito.
¿En qué momento se activa el seguro de desgravamen?¿Para qué sirve?
Conforme a lo acordado, el seguro se activa al momento del fallecimiento del asegurado o al ser declarado con invalidez total permanente, y su finalidad es cancelar el total de la deuda que tiene el asegurado en una entidad financiera.
¿Es obligatoria la contratación de este seguro?
No. Sin embargo, algunas empresas del sistema financiero exigen su contratación como condición necesaria para el otorgamiento de un crédito.
¿Tengo que contratar el seguro de desgravamen que me ofrece el banco?
No, uno tiene la posibilidad de tomar el seguro con la aseguradora de su elección, siempre que el mismo cumpla con los requisitos mínimos exigidos por la entidad financiera.
¿Cómo cancelo la tarjeta de crédito?
Los titulares o usuarios pueden solicitar la anulación de las tarjetas de crédito y, de ser el caso, la resolución del contrato respectivo. Sin embargo, para que la entidad proceda con dicha solicitud uno no debe tener deuda pendiente de pago.
¿Debo presentar mi D.N.I. al momento de comprar con mi tarjeta?
Sí, y es una obligación del establecimiento comercial pedirlo para verificar que el titular de la tarjeta sea el mismo quien la porta.
Si me roban o pierdo mi tarjeta ¿Qué hago?
Inmediatamente los titulares o usuarios debe comunicarse con su banco y solicitar el bloqueo de la misma para mitigar el riesgo de fraudes. Acerquese a cualquier agencia del banco para recibir una nueva tarjeta y verificar sus cuentas.
¿No sé qué me están cobrando? ¿No reconozco estas operaciones?
Guarda los vouchers de tus consumos para revisar tu estado de cuenta mensual o al consultar tus operaciones por internet o banca telefónica.
Si no reconoces una operación, solicita el bloqueo de tu tarjeta y acude al banco inmediatamente.
¿Qué medidas de seguridad puedo tomar al utilizar un cajero electrónico?
No permitir que alguien se acerque demasiado ni acepte la ayuda de un tercero. Al insertar la clave secreta, cubrir el teclado con la mano para que no puedan verla y al finalizar la operación, no olvide retirar el dinero y la tarjeta.
¿Puedo realizar compras por internet con mi tarjeta?
Se puede emplear la tarjeta de crédito para adquirir bienes o servicios a través de internet. Asimismo, no olvide verificar que la página web sea un comercio electrónico seguro. Afilie su tarjeta de crédito a códigos de seguridad adicional como Verified by Visa o Mastercard SecureCode que mitigan el riesgo de fraudes.
No olvide que puede solicitar que su tarjeta de crédito no este habilitada para efectuar compras por internet.
EN RELACIÓN A RECLAMO O DENUNCIA
Si no se me ha prestado un servicio adecuado o rechazo algún cargo ¿Qué puedo hacer?
Los clientes tienen el derecho de presentar un reclamo ante el banco manifestando su malestar con algún servicio prestado, una operación no reconocida o por el incumplimiento de obligaciones contractuales o normativas.
Utilice la plataforma de atención del banco o el libro de reclamaciones para ingresar su reclamo, el cual puede ser escrito o virtual.
¿Debo pagar algo para ingresar un reclamo?
No, el reclamo no está sujeto a cobro de algún tipo de comisión y debe ser recibido en cualquier agencia de la entidad bancaria.
¿Cuánto se demoran en responder mi reclamo?
El plazo legal de atención es de máximo 30 días calendarios; y el cual puede ser prorrogado por un periodo similar por única vez.
¿Dónde acudo si no responde satisfactoriamente mi reclamo?
En caso el usuario ha obtenido una respuesta que no satisface sus intereses puede acudir, a través de un reclamo o denuncia a INDECOPI.